¿Qué es el impuesto de Plus-Valía Municipal?

Actualmente es, sin duda, uno de los impuestos más desconocidos para el ciudadano y sin embargo de los más gravosos por las elevadas cuantías a pagar.

 

El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, abreviadamente -IIVTNU- (Plus-Valía Municipal), se origina siempre que existe una transmisión de un inmueble urbano (venta, donación, herencia, legado, dación en pago, usufructos, aportaciones a sociedades, etc.). Se paga al y lo cobra el Ayuntamiento donde radique dicho bien, en el plazo de 30 días hábiles, desde la fecha de la transmisión, salvo en los casos de herencia (6 meses).

 

El obligado al pago es el vendedor, en las transmisiones onerosas (compraventas, daciones en pago, etc.); y el que recibe el inmueble en las lucrativas (donaciones, legados, herencias, etc.).

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